8421

  • 23/26

2.Mercancías exportadas vía Hong Kong sello del CICL en los FORMs-A de China o certificado de no- manipulación.

A partir del 1-1-2011, en el marco del SPG, las autoridades aduaneras no deben solicitar sistemáticamente la evidencia del transporte directo o de la no- manipulación. Ello sólo se requerirá si se tienen dudas de que las mercancías han sido alteradas o transformadas en alguna forma o han sido sujetas a operaciones distintas de las necesarias para mantenerlas en buenas condiciones durante su transporte o almacenamiento, siendo posible presentar la evidencia de su cumplimiento por cualquier otro medio.

Este nuevo marco ha planteado la cuestión específica, con relación a los flujos comerciales de China que pasan a través de Hong Kong; de sí debe la CICL  continuar o cesar de sellar los FORM-A.

Siendo la cuestión compleja y dado que la situación es delicada, pues las mercancías de China van a continuar transitando vía Hong Kong; los Servicios de la Comisión van a contactar a las Autoridades de China para esclarecer la situación. Así que, mientras tanto, se recomienda que a partir del 1-1-2011 no se solicite ni se cuestione por las Aduanas  la presencia del sello de la CICL  en los FORM-A de China y se dará más información al respecto una vez concluidas las conversaciones con China.
  • 23/26